Hacía tiempo que me planteé responder a esta cuestión y ha
llegado el momento. En los años de andadura de Vendetta me he encontrado con
algunas chicas (y empresas de publicistas) que han intentado amedrentar la
labor de Vendetta anunciando que iban a poner una denuncia por publicar sus
datos en internet.
Algunos podrían pensar que es delito publicar datos
personales en internet. Y así es en ciertos casos. Miremos lo
que dice la ley:
Si yo publicara los datos personales, nombre, teléfono,
dirección... de una persona anónima sin su consentimiento, efectivamente eso
sería delito, pero si una chica (o empresa) publica previamente sus propios
datos en internet además de fotos
robadas, y hace difusión de ellos, en tal caso dichos datos ya no son privados
ni intimos y pasan de ser privados a ser públicos y en tal caso ya no es delito
reproducir una información que el propio anunciante ya ha publicado previamente
con su consentimiento y bajo su responsabilidad.
Pero algunos os preguntaréis, ¿Pero en tal caso, todo vale?
No. No todo vale. Yo puedo denunciar un delito de robo de imágenes, de
usurpación de identidad, de engaño y timo con publicidad... pero en ningún
momento puedo insultar a esa persona ni acusarla falsamente, pues en tal caso
sí sería delito de injurias y calumnias.
Vendetta se limita a denunciar a las ladronas de fotos
mediante pruebas, en ningún caso ha recurrido al insulto, ni a la falta de
respeto, ni tan siquiera me he planteado en ningún momento hablar de la calidad
del servicio de la infractora. Lo cual podría ser delito de calumnia. Cosa
que muy a menudo hacen en ciertos foros que hablan mal de ciertas chicas,
insultos, menosprecios y calumnias que serían motivo de delito.
Con la ley en la mano, vayamos por partes:
Todos recordaréis no hace mucho tiempo, lo que sucedió con
Paula Vazquez, que por error publicó una foto con su número de teléfono en
twitter y empezó a recibir llamadas a su teléfono y ella publicó en su twitter
los números de teléfono de las personas que la molestaban. Efectivamente, eso
era delito publicar dichos teléfonos. Según la Ley de Protección de
Datos, esta ley indica que está prohibido la publicación de
datos de carácter personal sin su consentimiento, pero este hecho queda anulado
al ser el propio titular quien consiente, publica y difunde dicha información
en internet.
Todas las personas tenemos derecho a la propia
intimidad, honor y propia imagen: Es un derecho fundamental consagrado
en el Art. 18 de la Constitución Española y regulado en la Ley
1/1982 de Protección civil del derecho al honor, intimidad personal y
propia imagen. Pero si un usuario
proporciona información en internet, en las Redes Sociales o en webs de
clasificados, colgando fotografías (robadas), poniendo datos personales como
nombre y teléfono, en tal caso su intimidad queda expuesta y deja de ser íntima
para convertirse en pública pues lo hace con su consentimiento. Pero no todo
vale.
Dependiendo del uso de estos datos puede cometerse un delito
incluso por la persona que los publica por primera vez.
Hay que tener cuidado con lo que se escribe y se publica
pues no todo vale: están prohibidos los insultos y las injurias, pero también
está prohibido y sería delito que una chica publique fotos robadas, delito de
usurpación de identidad, robo de material con derechos de autor, fraude por
timo o engaño por publicidad engañosa...
Vendetta nunca ha entrado a valorar si es bueno o malo el
servicio que ofrece la chica infractora, ni falta al respeto ni atenta contra
el honor, ni injurias , ni calumnias, sólo se limita a denunciar (con pruebas)
qué chicas engañan a los usuarios mediante fotos falsas robadas lo cual puede
inducir a un timo o engaño.
¿Qué es Delito informático?
Con el término delito informático pueden ser tipificados
como delito en el Código Penal, tales como: delito de estafa, delito contra la
propiedad intelectual e industrial, etc.
Pueden ser constitutivos de Delito en el Codigo Penal:
1-Las amenazas
2-Delitos de exhibicionismo, prostitución y corrupción de
menores.
3-Delitos contra la intimidad y revelación de secretos
personales
4-Delitos contra el honor: Calumnias e injurias
5-Delitos contra la propiedad intelectual (Robo de fotos)
6-Delitos por estafa, timo, engaños,
7-Publicidad engañosa con animo de lucro
Como podréis constatar, Vendetta no comete ninguno de estos
delitos, pues sólo hago una labor informativa y de denuncia como prevención,
sin embargo sí que podrían aplicarse la mayoría de estos delitos a la chica
infractora ( además de la empresa publicista que se lucra o la web de clasificados que consiente
el robo y no elimina las fotos robadas de su web).
Veamos qué delitos comete la chica infractora
(junto a los colaboradores en el fraude):
-La ladrona de fotos usa fotos robadas atentando contra los
derechos de autor,
-además de atentar contra el honor de las chicas a las que
les ha robado las fotos,
-además suministra información engañosa al falsificar su
aspecto físico, edad, datos, fotos...
- engaña al cliente con fotos falsas y publicidad engañosa,
usurpación de identidad y en muchas ocasiones comete amenazas, injurias y
calumnias contra quien la denuncia.
--Se agradeceria añadáis aqui vuestra opinión al respecto--