Colaboradores en el Proyecto "NOALASFOTOSFALSAS" en la lucha contra las FOTOS FALSAS:

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---Diversas Webs colaboran con Vendetta en la lucha contra las FOTOS FALSAS---

sábado, 28 de diciembre de 2013

¿Quién comete delito: Quien publica fotos robadas o quien denuncia a la ladrona? Veamos qué dice la ley.

Hacía tiempo que me planteé responder a esta cuestión y ha llegado el momento. En los años de andadura de Vendetta me he encontrado con algunas chicas (y empresas de publicistas) que han intentado amedrentar la labor de Vendetta anunciando que iban a poner una denuncia por publicar sus datos en internet.
Algunos podrían pensar que es delito publicar datos personales en internet. Y así es en ciertos casos. Miremos lo que dice la ley:
Si yo publicara los datos personales, nombre, teléfono, dirección... de una persona anónima sin su consentimiento, efectivamente eso sería delito, pero si una chica (o empresa) publica previamente sus propios datos en internet  además de fotos robadas, y hace difusión de ellos, en tal caso dichos datos ya no son privados ni intimos y pasan de ser privados a ser públicos y en tal caso ya no es delito reproducir una información que el propio anunciante ya ha publicado previamente con su consentimiento y bajo su responsabilidad.

Pero algunos os preguntaréis, ¿Pero en tal caso, todo vale? No. No todo vale. Yo puedo denunciar un delito de robo de imágenes, de usurpación de identidad, de engaño y timo con publicidad... pero en ningún momento puedo insultar a esa persona ni acusarla falsamente, pues en tal caso sí sería delito de injurias y calumnias.
Vendetta se limita a denunciar a las ladronas de fotos mediante pruebas, en ningún caso ha recurrido al insulto, ni a la falta de respeto, ni tan siquiera me he planteado en ningún momento hablar de la calidad del servicio de la infractora. Lo cual podría ser delito de calumnia. Cosa que muy a menudo hacen en ciertos foros que hablan mal de ciertas chicas, insultos, menosprecios y calumnias que serían motivo de delito.
Con la ley en la mano, vayamos por partes:
Todos recordaréis no hace mucho tiempo, lo que sucedió con Paula Vazquez, que por error publicó una foto con su número de teléfono en twitter y empezó a recibir llamadas a su teléfono y ella publicó en su twitter los números de teléfono de las personas que la molestaban. Efectivamente, eso era delito publicar dichos teléfonos. Según la Ley de Protección de Datos, esta ley indica que está prohibido la publicación de datos de carácter personal sin su consentimiento, pero este hecho queda anulado al ser el propio titular quien consiente, publica y difunde dicha información en internet.

Todas las personas tenemos derecho a la propia intimidad, honor y propia imagen: Es un derecho fundamental consagrado en el Art. 18 de la Constitución Española y regulado en la Ley 1/1982 de Protección civil del derecho al honor, intimidad personal y propia imagen. Pero si un usuario  proporciona información en internet, en las Redes Sociales o en webs de clasificados, colgando fotografías (robadas), poniendo datos personales como nombre y teléfono, en tal caso su intimidad queda expuesta y deja de ser íntima para convertirse en pública pues lo hace con su consentimiento. Pero no todo vale.
Dependiendo del uso de estos datos puede cometerse un delito incluso por la persona que los publica por primera vez.
Hay que tener cuidado con lo que se escribe y se publica pues no todo vale: están prohibidos los insultos y las injurias, pero también está prohibido y sería delito que una chica publique fotos robadas, delito de usurpación de identidad, robo de material con derechos de autor, fraude por timo o engaño por publicidad engañosa...
Vendetta nunca ha entrado a valorar si es bueno o malo el servicio que ofrece la chica infractora, ni falta al respeto ni atenta contra el honor, ni injurias , ni calumnias, sólo se limita a denunciar (con pruebas) qué chicas engañan a los usuarios mediante fotos falsas robadas lo cual puede inducir a un timo o engaño.
¿Qué es Delito informático?
Con el término delito informático pueden ser tipificados como delito en el Código Penal, tales como: delito de estafa, delito contra la propiedad intelectual e industrial, etc.
Pueden ser constitutivos de Delito en el Codigo Penal:
1-Las amenazas
2-Delitos de exhibicionismo, prostitución y corrupción de menores.
3-Delitos contra la intimidad y revelación de secretos personales
4-Delitos contra el honor: Calumnias e injurias
5-Delitos contra la propiedad intelectual (Robo de fotos)
6-Delitos por estafa, timo, engaños,
7-Publicidad engañosa con animo de lucro

Como podréis constatar, Vendetta no comete ninguno de estos delitos, pues sólo hago una labor informativa y de denuncia como prevención, sin embargo sí que podrían aplicarse la mayoría de estos delitos a la chica infractora ( además de la empresa publicista que se lucra o  la web de clasificados que consiente el robo y no elimina las fotos robadas de su web).
Veamos qué delitos comete la chica infractora (junto a los colaboradores en el fraude):
-La ladrona de fotos usa fotos robadas atentando contra los derechos de autor,
-además de atentar contra el honor de las chicas a las que les ha robado las fotos,
-además suministra información engañosa al falsificar su aspecto físico, edad, datos, fotos...

- engaña al cliente con fotos falsas y publicidad engañosa, usurpación de identidad y en muchas ocasiones comete amenazas, injurias y calumnias contra quien la denuncia.

--Se agradeceria añadáis aqui vuestra opinión al respecto--